Thursday, July 29, 2010

Corte Suprema de Estados Unidos decide que los derechos de la diversidad y de la homosexualidad son más importantes que la libertad religiosa

Corte Suprema de Estados Unidos decide que los derechos de la diversidad y de la homosexualidad son más importantes que la libertad religiosa

Kathleen Gilbert
WASHINGTON, D.C., EUA, 28 de junio de 2010 (Noticias Pro-Familia )  — La Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que una organización estudiantil cristiana no tiene el derecho de restringir la inclusión de miembros sólo a los cristianos practicantes, con una sentencia que los grupos de derechos cristianos están denominando un duro golpe a la libertad religiosa.
El tribunal falló por 5 a 4 el lunes en el caso Sociedad Legal Cristiana vs. Martínez mantener la postura de una facultad de derecho de California para rechazar el reconocimiento oficial de una organización estudiantil cristiana. La organización  cristiana no está de acuerdo en permitir que los no — cristianos e individuos que militen en un “estilo de vida sexualmente inmoral” se hagan miembros con derecho a voto o que sean líderes.
El caso suscitó un vivo interés nacional, pues las normas que excluyen a los homosexuales practicantes de la organización, han sido percibidas como discriminación contra los homosexuales.
La decisión de la mayoría, prohijada por la jueza Ruth Bader Ginsburg, dictaminó que la decisión de la Facultad de Derecho Hastings de la Universidad de California fue una aplicación justa de sus políticas contra la discriminación. En lo que parece un funesto precedente, los izquierdistas del tribunal sostuvieron que los “derechos” de la no-discriminación de acuerdo a la orientación sexual está por encima de la libertad religiosa al comparar las convicciones cristianas a las convicciones racistas: el juez John Paul Stevens preguntó: “¿Y qué pasaría si la convicción fuera de que los negros son inferiores?”
El Centro Americano del Derecho y Justicia (CADJ), que presentó una demanda en el caso representando a muchas organizaciones universitarias cristianas, calificó el resultado de una decisión “extremadamente decepcionante” que “deteriora seriamente los derechos de las organizaciones religiosas”.
“La mayoría de la Corte Suprema no logró entender que es esencial para la libertad religiosa que las organizaciones religiosas sean libres de definir su propia misión, de seleccionar a sus propios dirigentes y determinar sus propios criterios para la inclusión de sus miembros”, dijo Jay Sekulow, abogado principal del CADJ.
“Al permitir que siga siendo una decisión discriminatoria por parte de una corte de apelación federal, la decisión de la Corte Suprema representa, tal como el juez Alito concluyó correctamente como discordante, ‘un serio revés para la libertad de expresión en este país’. Y nosotros, como el juez Alito, esperamos que esta decisión sea una aberración y no un cambio en la jurisprudencia de la Primera Enmienda”.
El caso involucró una decisión de la Corte de Apelación de la Novena Zona apoyando la Facultad de Derecho Hastings en San Francisco. Hastings había negado el reconocimiento oficial a una organización estudiantil — la Sociedad Legal Cristiana (SLC ) — después que la SLC afirmó que no podría cumplir con las políticas discriminatorias de la facultad. Estas políticas prohíben las organizaciones estudiantiles de discriminar sobre la base de, entre otras cosas, “religión”. La SLC dice que sus convicciones religiosas impiden los no cristianos de ejercer control sobre la organización al convertirse en miembros con derecho a  voto, o sirviendo en puestos de liderazgo.
En una opinión discordante escrita por el juez Samuel Alito, aprobado por el juez en jefe Roberts y por los jueces Scalia y Thomas, el juez Alito concluyó que la decisión de la mayoría “es un grave retroceso para la libertad de expresión en este país”.
“Nuestra primera enmienda refleja un profundo compromiso nacional con el principio de que el debate sobre asuntos públicos debe ser desinhibido, robusto y abierto”, escribió el juez Alito, citando el caso New York Times Co. vs. Sullivan, en 1964. “Aunque Estados Unidos sea la única nación a mantener dicho compromiso en la misma medida, yo no cambiaría nuestra legislación para adaptarse a las normas internacionales. Me temo que la decisión de la Corte señale un giro en esa dirección. Incluso los que piensan que las opiniones de la SLC son desagradables deberían preocuparse sobre cómo la organización ha sido tratada — en Hastings, por la Corte de Apelación y ahora por este Tribunal. Sólo puedo esperar que esta decisión no se convierta en una aberración”.
En su demanda ante la Corte Suprema, el CADJ argumentó que las organizaciones religiosas están constitucionalmente protegidas cuando siguen sus convicciones religiosas.
“Las organizaciones religiosas por su propia naturaleza adoptan principios religiosos y, como cuestión de identidad y coherencia organizativa, normalmente exigirán fidelidad a dichos principios como criterio para la admisión de sus miembros y obviamente para el liderazgo”,  afirmó la acción. “Esto no es ‘discriminación’, sino más bien una parte inseparable de lo que las define como organizaciones religiosas. La aplicación inflexible de las políticas de ‘no discriminación’ a nivel religioso obliga a las organizaciones religiosas a elegir entre su identidad religiosa y el acceso a la corte. Esta ‘elección’ es una opción inconstitucional entre ceder a la injerencia gubernamental y sin acceso a nada. Lejos de ser una condición legítima sobre los beneficios, se trata de una elección en la que el gobierno, bajo las Cláusulas sobre la Religión, no tiene ningún derecho de entrometerse y hacer imposiciones por encima de las organizaciones religiosas”.
Traducido para portugués por Julio Severo: www.juliosevero.com
Traducido de portugués para español por Maria Valarini.
Véase este artículo original inglés: http://www.lifesitenews.com/ldn/2010/jun/10062806.html

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